Decreto Supremo N°44: Nuevo Reglamento para la Gestión de Riesgos Laborales en Chile (2025)

El Decreto Supremo N°44 establece un marco actualizado y robusto para la prevención de riesgos laborales en Chile. Este reglamento, con entrada en vigencia el 1 de febrero de 2025, refuerza la gestión de la seguridad en los lugares de trabajo con un enfoque preventivo, participativo y de género. 

¿Qué es el Decreto Supremo N°44?

El Decreto Supremo N°44, publicado el 27 de julio de 2024, es la nueva normativa en Chile sobre la gestión preventiva de los riesgos laborales. Este decreto reemplaza los antiguos Decretos Supremos N°40 y N°54 de 1969, alineándose con importantes estándares internacionales para garantizar mejores condiciones de trabajo.

Principales cambios introducidos por el Decreto N°44

1. Un entorno laboral seguro

El Decreto Supremo N°44 entrega directrices para garantizar el cumplimiento de la gestión preventiva en materias de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST), para promover espacios de trabajo libres de riesgos laborales que puedan afectar la salud y seguridad de los trabajadores y trabajadoras. Para lograrlo, establece medidas específicas de identificación y control de peligros, abordando aspectos como:

  • Prevención de accidentes laborales y enfermedades profesionales, mediante la implementación de medidas de prevención y protección de la vida, a través de la eliminación o control de condiciones inseguras en los lugares de trabajo.
  • Foco en empresas de menor tamaño, estableciendo directrices para mejorar el desempeño de la gestión preventiva.
  • Amplía los instrumentos y herramientas que ayudarán a fortalecer el desarrollo de la Seguridad y Salud en el Trabajo en las entidades empleadoras.

2. Prevención proactiva

Se prioriza una gestión anticipada de riesgos laborales mediante la implementación de un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST). Este sistema incluye:

  • Identificación de peligros y evaluación constante de riesgos en todas las áreas de la empresa.
  • Creación de una matriz de riesgos para identificar factores críticos de la entidad empleadora.
  • Incorporación de mapas de riesgos para localizar y visualizar los principales riesgos de la empresa.
  • Planes de acción correctiva y preventiva para mitigar riesgos de forma efectiva.

3. Enfoque de género

El decreto incorpora un enfoque inclusivo, reconociendo las desigualdades sociales, biológicas y económicas que pueden influir en la exposición a riesgos, promoviendo:

  • El fortalecimiento de las acciones que busquen prevenir situaciones de desigualdad de condiciones laborales para todas las personas, independientemente de su género, en materias de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST).
  • La consideración especial sobre las y los trabajadores especialmente sensibles, entre los cuales se consideran las mujeres embarazadas, en periodo de lactancia o personas con vulnerabilidades a determinados riesgos.
  • Medidas adaptadas que garanticen seguridad y equidad en los lugares de trabajo, considerando las características individuales de cada persona.

4. Participación activa

El Decreto Supremo N°44 fomenta la colaboración entre entidades empleadoras y las y los trabajadores para gestionar los riesgos laborales de manera efectiva.

  • Trabajadoras y Trabajadores: Involucrados en instancias de diálogo social en materias de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST).
  • Comités Paritarios de Higiene y Seguridad: Garantizan la representación activa de los trabajadores y trabajadoras en la toma de decisiones preventivas.
  • Organizaciones Sindicales: Considerando sus atribuciones en materias de prevención de riesgos laborales.

5. Capacitación continua

Promueve el aprendizaje constante y el diálogo en todos los niveles de la organización para mantener una mejora continua en las condiciones laborales.

Beneficios claves para entidades empleadoras, trabajadores y trabajadoras

  • Fortalecimiento de la Seguridad y Salud en el Trabajo de las entidades empleadoras.
  • Reducción de los riesgos que puedan dañar la vida y salud de las y los trabajadores.
  • Cumplimiento normativo para evitar sanciones.
  • Ambiente laboral más saludable y productivo.
  • Participación activa en la prevención por parte de todas y todos los trabajadores.

¿Cómo apoya el ISL en la implementación del Decreto?

El Instituto de Seguridad Laboral (ISL) juega un rol clave en la implementación del Decreto Supremo N°44, proporcionando recursos y asistencia para garantizar entornos de trabajo seguros y saludables. Entre sus principales acciones destacan:

Preventivos:

  • Evaluación en línea y de manera gratuita los riesgos de su empresa
  • Campus Prevención: capacitación en línea gratuita
  • Programa Apoyo Preventivo Psicológico (APS)
  • Prevención en emergencia
  • Pausas laborales
  • Programa Preventivo de Seguridad en Máquinas, Equipos y Herramientas Motrices (MEHM)
  • Prevención de riesgos para el trabajo doméstico
  • Ley N°21.431 para empresas y las y los trabajadores de plataformas digitales de servicios
  • Condiciones hiperbáricas
  • Ergonomía
  • Normativas
  • Deberes de las entidades empleadoras

1. Asistencia técnica especializada

  • Apoyo en la creación de la matriz de riesgos laborales y mapa de riesgos.
  • Orientación para implementar sistemas de gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo.
  • Herramientas para desarrollar programas de trabajo preventivo eficaces.

2. Capacitación continua

  • Cursos para Comités Paritarios de Higiene y Seguridad, delegados de seguridad y personal preventivo.
  • Formación en la investigación de accidentes y la aplicación de medidas correctivas.

3. Registro y monitoreo

Plataformas para registrar incidentes y dar seguimiento a medidas preventivas, asegurando el cumplimiento normativo.

4. Soporte para empresas pequeñas

Procedimientos simplificados para la autoevaluación de riesgos y programas preventivos, especialmente diseñados para empresas con menos de 25 trabajadoras y trabajadores.

El ISL se compromete a fortalecer la cultura preventiva en todos los sectores laborales, facilitando el cumplimiento del Decreto Supremo N°44 y protegiendo la salud de los trabajadores y trabajadoras.

 

Fuente: https://www.isl.gob.cl/decreto-supremo-44/